Decreto 2465 de 2000. "Por el cual se modifica el artículo 8º del Decreto 1737 de 1998".
Decreto 2465 de 2000. "Por el cual se modifica el artículo 8º del Decreto 1737 de 1998". [link]Paper  abstract   bibtex   
DECRETA: ARTÍCULO 1º-Modifícase el artículo 8º del Decreto 1737 de 1998, modificado por el artículo 4º del Decreto 2209 de 1998, adicionado por el artículo 1º del Decreto 85 de 1999 y el artículo 2º del Decreto 212 de 1999, modificado por el artículo 1º del Decreto 950 de 1999 y por el artículo 1º del Decreto 2445 de noviembre 23 de 2000, que en adelante quedará así: "La impresión de informes, folletos o textos institucionales se deberá hacer con observancia del orden y prioridades establecidos en normas y directivas presidenciales en cuanto respecta a la utilización de la Imprenta Nacional y de otras instituciones prestatarias de estos servicios.
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ARTÍCULO 1º-Modifícase el artículo 8º del Decreto 1737 de 1998, modificado por el artículo 4º del Decreto 2209 de 1998, adicionado por el artículo 1º del Decreto 85 de 1999 y el artículo 2º del Decreto 212 de 1999, modificado por el artículo 1º del Decreto 950 de 1999 y por el artículo 1º del Decreto 2445 de noviembre 23 de 2000, que en adelante quedará así:

"La impresión de informes, folletos o textos institucionales se deberá hacer con observancia del orden y prioridades establecidos en normas y directivas presidenciales en cuanto respecta a la utilización de la Imprenta Nacional y de otras instituciones prestatarias de estos servicios.},
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